La forma de organizarse y de trabajar de un Consejo de Familia dependen totalmente del grado de desarrollo en el tiempo de este órgano familiar, de si existe o no un Protocolo Familiar vigente, de las generaciones que están involucradas en el mismo, de si se trata de una etapa de inicio del propio Consejo de Familia o por el contrario ya existe un hábito de reuniones y un registro, de las características y perímetro familiar (no es lo mismo un Consejo de padres e hijos, o sólo de hermanos, o un Consejo entre primos, y en su caso con tíos, etc.), de si existe una mayor o menor coincidencia de los miembros del Consejo de Familia con los miembros del Consejo de Administración, etc. La razón de ser y las consiguientes funciones del Consejo de Familia deben derivarse del Protocolo o Constitución Familiar. El Protocolo Familiar incorpora en buena parte de su contenido los principios y criterios del sistema de gobierno de la familia en relación a los aspectos familiares y personales que el Consejo de Familia debe desarrollar y seguir, aspectos concretos y específicos para cada familia.